Adolfo J. Campos Barranco
Abogado especializado en materia tributaria y Socio de RC Group
Artículo publicado en el diario La Prensa. Sección de Economía & Negocios. Ventana Fiscal. 19/11/2023.
Uno de los elementos clave para la búsqueda del éxito en una administración tributaria es que las personas cumplan de manera voluntaria con sus obligaciones de contribuir al fisco de manera justa y en lo que estén obligados por la ley.
Lo anterior mantiene un componente básico: la educación. Esto significa la democratización del conocimiento y el acceso a la información en esta materia.
La Dirección General de Ingresos (DGI) ha dado un paso importante en esta tarea a través de la expedición de la resolución No 201-9986 de 8/11/2023 (publicada en la Gaceta Oficial No 29912 de 17/11/2023), por medio de la cual se adoptan los núcleos de apoyo contable y fiscal (NAF).
Los NAF se constituyen en una estrategia para la promoción del cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias y el fortalecimiento de la cultura de la contribución por parte de los ciudadanos. Siendo una iniciativa de responsabilidad social, propuesta y guiada por la DGI, susceptible de ser implementada por las instituciones de educación superior, con el fin de crear espacios de atención, donde estudiantes y profesores, previamente capacitados ofrezcan orientación básica en materia fiscal a personas naturales y jurídicas de baja renta, sin ningún costo, en el ámbito normativo o técnico, con un alcance específico de acción y acuerdos que formalicen su implementación.
Dentro de sus objetivos se encuentran, el orientar de manera gratuita, a las personas naturales y jurídicas, en el ámbito normativo y asistirles en el correcto uso de los servicios en línea dispuestos por la DGI. Proporcionar a los estudiantes de los centros de educación superior una vivencia práctica sobre la orientación contable y fiscal, así como coadyuvar con la formación de los mismos sobre el sentido social de los tributos y el gasto público, e incentivar la ética fiscal y el servicio a la comunidad.
La norma revisada indica que para el funcionamiento de los NAF se necesitan requisitos mínimos, tales como la firma de convenios con las instituciones de educación superior; la participación activa de docentes, estudiantes de las disciplinas académicas relacionadas con los NAF, así como el espacio físico para la atención de los usuarios; y la elaboración de un cronograma académico entre la DGI y las universidades participantes. En todo caso, ninguna universidad podrá brindar orientación en materia tributaria bajo la denominación de NAF sin haber realizado los acuerdos con la DGI, donde además el Fisco no será responsable por los hechos, consejos y actuaciones que ocurran dentro de los NAF.
- Cápsula Fiscal
La coordinación de planes y proyectos internacionales de la DGI será la dependencia administrativa dentro de la DGI encargada de proponer y coordinar las estrategias para el fortalecimiento y contribución por medio de los NAF. Mientras que las administraciones provinciales de ingresos de la DGI se encargarán de la supervisión del cumplimiento de los convenios suscritos de implementación y puesta en funcionamiento de los NAF en las instituciones de educación superior y por cada jurisdicción. La DGI tendrá un plazo de dos meses contados desde el 17/11/2023, para desarrollar la guía de implementación y funcionamiento de los NAF.
Un aporte final a esta buena iniciativa de la DGI sería el de incluir dentro de la resolución estudiada que las organizaciones gremiales y colegios de profesionales afines puedan establecer conjuntamente con la DGI los NAF en sus centros u oficinas. De esta manera, además del aporte académico, se contaría con la experiencia práctica de profesionales enteramente vinculados con la Contabilidad, el Derecho y la tributación. Adicionalmente la ciudadanía tendría un mayor acceso a los NAF.
El autor es abogado especializado en materia tributaria.