María Sofía Barreiro
Abogada asociada de RC Group
El 14 de junio de 2024 se promulgó la Ley 438 de 2024 (“Ley 438”), que establece el “Programa de beneficios permanentes para los jubilados y pensionados del régimen de invalidez, vejez y muerte y de riesgos profesionales de la caja de seguro social” (CSS). Esta ley asegura beneficios económicos sostenibles y recurrentes para uno de los sectores más vulnerables de la población, pero su financiamiento recae sobre la industria de bebidas alcohólicas.
La Ley 438 crea el programa de beneficios permanentes, diseñado para proporcionar un apoyo financiero anual y permanente a los jubilados y pensionados del régimen de la CSS de Panamá. El programa beneficiará a todos los jubilados y pensionados registrados en las planillas de pago de la CSS a partir de la entrada en vigor de la Ley, es decir, el 15 de junio de 2024.
Según el artículo 3 de la Ley 438, los jubilados y pensionados recibirán tres pagos durante el año distribuidos de la siguiente manera: dos pagos de B/.50.00 cada uno en los meses de abril y agosto, y un pago de B/.40.00 en diciembre, sumando un total de B/.140.00 anuales bajo este programa. Estos pagos son complementarios y permanentes, y no modifican ni reforman la Ley 51 del 27 de diciembre de 2005 que reforma Ley Orgánica de la Caja de Seguro Social, por lo que estos pagos se añaden a los beneficios ya existentes.
Para financiar estos beneficios adicionales, la Ley 438 introduce una modificación al artículo 7-A de la Ley 45 de 1995, actualizando el Impuesto selectivo al consumo (ISC) de bebidas alcohólicas. El nuevo impuesto será de B/.0.065 por cada grado de contenido de alcohol por litro de bebida, incrementando la tasa anterior de B/.0.045. Este aumento en el ISC en la producción e importación de bebidas alcohólicas está destinado a cubrir los costos del programa de beneficios permanentes mencionado y que incorpora la Ley 438.
A su vez, el artículo 6 de la Ley 438 establece que los montos de los beneficios serán revisados cada dos años por el Órgano Ejecutivo. Esta disposición permite ajustes e incrementos en los montos de los beneficios, garantizando que los pagos se mantengan relevantes y adecuados a las condiciones económicas cambiantes en el país. Es decir, si los fondos recaudados por el impuesto selectivo superan lo necesario para los pagos de las bonificaciones, los excedentes serán acumulados y revisados cada dos años, lo que podría resultar en un aumento de las bonificaciones para los jubilados y pensionados.
A pesar de los beneficios que la Ley 438 ofrece a los jubilados y pensionados, el modelo de financiamiento propuesto ha suscitado inquietudes en varios sectores empresariales. La Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá (CCIAP), el Sindicato de Industriales de Panamá (SIP) y la Cámara Americana de Comercio e Industrias de Panamá (Amcham) han expresado reservas sobre el impacto de este incremento en el ISC. Según estos gremios, el aumento previsto en el ISC podría generar solo unos $26 millones en sus mejores años, lo cual es insuficiente para cubrir los más de $45 millones necesarios para atender a los más de 300,000 jubilados actuales. A su vez, advierten que la carga financiera de este programa no debería recaer únicamente sobre la industria de bebidas alcohólicas, ya que esto podría afectar negativamente su desarrollo y estabilidad.
En respuesta a estas preocupaciones, estos gremios proponen la creación de una mesa de trabajo conjunta para explorar modelos de financiamiento más equitativos y sostenibles. Consideran que el enfoque debe incluir la participación de diversos sectores, evitando que el impacto económico se concentre exclusivamente en una industria específica. Esta colaboración podría ayudar a desarrollar un esquema de financiamiento que sea justo para todas las partes involucradas y que asegure la viabilidad del programa sin comprometer el crecimiento económico del país.
La promulgación de la Ley 438 representa un avance significativo en el apoyo económico para los jubilados y pensionados de Panamá. Al establecer un programa de beneficios permanentes, la Ley incrementa la ayuda financiera anual a este grupo demográfico vulnerable mediante el ajuste del ISC sobre las bebidas alcohólicas. No obstante, las preocupaciones del sector empresarial sobre la carga financiera impuesta significan posiblemente la necesidad de buscar un equilibrio entre el financiamiento del programa y el desarrollo económico. Un enfoque más amplio y colaborativo en la estructuración del financiamiento podría asegurar la viabilidad a largo plazo del programa, garantizando que los beneficios lleguen de manera sostenible a quienes más los necesitan.
El autor es abogado.