Nuevas normas tributarias

Adolfo J. Campos Barranco
Abogado especializado en materia tributaria y Socio de RC Group
Artículo publicado en el diario La Prensa. Sección de Economía & Negocios. Ventana Fiscal. 01/05/2022.

 

Recientemente fueron publicadas en la Gaceta Oficial (GO) tres normas con contenido tributario:

Ley 295 de 25/4/2022 (GO 29523-A de 25/4/2022). Que incentiva la movilidad eléctrica en el transporte terrestre.

Establece que los municipios deberán gestionar la exoneración del pago de trámites de placa y circulación vehicular por un período de 5 años a partir de la fecha de compra; esto para vehículos eléctricos nuevos, y a partir de la fecha de promulgación de esta Ley para los vehículos eléctricos adquiridos con anterioridad.

Se modificó el numeral 5 del artículo 28-A de la Ley 45/1995, al indicarse que la tarifa del Impuesto selectivo al consumo (ISC) para los vehículos automotores terrestres eléctricos clasificados en la partida arancelaria 87.03 (al momento importarse, dado que no producimos autos localmente), se les aplicará una tasa del 0% hasta el 31/12/2030 y del 5% a partir del 1/1/2031. Mientras que a los vehículos automotores terrestres híbridos clasificados en la partida arancelaria 87.03 se les aplicará una tarifa del 10%. No aplica la exención del ITBMS.

Recordemos que estos tipos de vehículos (sin distinguir si son eléctricos o híbridos), a partir del 1/1/2018 se encontraban gravados con una tarifa del 5% de ISC, más el ITBMS.

Decreto Ejecutivo (DE) 19 de 28/4/2022 (GO 29526-B de 28/4/2022). Que modifica los artículos 85 y 90 B del DE 170/1993.

Dicha reforma, trata lo relacionado al Impuesto sobre la renta (ISR) de conformidad a lo establecido en los artículos 699-A y 700-A del Código Fiscal que aplican para las micro, pequeña y mediana empresa.

Básicamente recoge la modificación efectuada y las circunstancias que aplican a una persona jurídica para que sea considerada como una micro, pequeña y mediana empresa.

Por su parte, en el caso de las personas naturales, se modificó la tabla aplicable del ISR (específicamente las tasas del ISR por los tramos indicados) y se especifican además las circunstancias que deben existir para que la persona natural sea considerada como micro, pequeña y mediana empresa.

Decreto Ejecutivo 20 de 28/4/2022 (GO 29526-B de 28/4/2022). Que modifica el artículo 160 del DE 170/1993.

A partir que se implementó que el formulario 03 debe ser presentado de forma mensual (por medio del DE 186 de 22/11/2021), este nuevo DE establece otras condiciones y características que son importantes tomar en consideración: i) El formulario será mensual y el contribuyente presentará, dentro de los 60 días calendario siguiente del mes a presentar, la declaración-liquidación de las sumas retenidas ante la Dirección General de Ingresos; ii) Esta información que se presente deberá coincidir con la correspondiente al total de los trabajadores inscritos bajo su cargo ante la Caja de Seguro Social y preferiblemente será presentada por medios magnéticos; iii) Los formularios 03 correspondientes a los meses de enero a mayo de 2022, deberán ser presentados por el contribuyente a más tardar dentro de los primeros 15 días calendario del mes de julio de 2022 y de manera acumulada en un solo formulario; iv) La no presentación mensual de alguno de estos formularios hasta la fecha límite indicada no causará multa alguna; v) El contribuyente deberá presentar el formulario 03 correspondiente al período fiscal 2021 a más tardar el 31 de mayo de 2022; y vi) El formulario concerniente al mes de junio de año 2022 y los meses subsiguientes, incluyendo los de futuros años fiscales, deberán ser presentados a más tardar dentro de los 60 días calendario siguientes al mes que correspondan.

Recientemente fue aprobado en tercer debate en la Asamblea Nacional el proyecto de Ley 697, el cual recoge la Ley de Cripto: Que hace a la República de Panamá compatible con la economía digital, el blockchain, los criptoactivos y el internet.

Esta norma, la cual fue enviada al ejecutivo, contiene elementos muy interesantes en materia tributaria que ya trataremos en otra asomada a la Ventana Fiscal. Busca regular y ofrecer certeza jurídica al uso opcional de las criptomonedas o criptoactivos en nuestro país.

El autor es abogado especializado en materia tributaria.

El equipo de RC Group está a su disposición si necesita cualquier asesoría acerca de este asunto.

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