El fisco y el análisis de datos

Adolfo J. Campos Barranco
Abogado especializado en materia tributaria y Socio de RC Group
Artículo publicado en el diario La Prensa. Sección de Economía & Negocios. Ventana Fiscal. 20/08/2023.

 

En la Gaceta Oficial número 29848 de 17 de agosto de 2023, se publicó la resolución número 201-7652 de 8 de agosto de 2023, “por la cual se crea la Unidad de análisis de datos de la Dirección General de Ingresos”.

Lo anterior, se encuentra fundamentado en el artículo 5 del Decreto de Gabinete No 109 de 7 de mayo de 1970 (que organiza y rige a la Dirección General de Ingresos), el cual señala que el Director General de Ingresos es responsable de la planificación, dirección, coordinación y control de la organización administrativa y funcional de la Dirección General de Ingresos, así como de la permanente adecuación y perfeccionamiento de las estructuras y procedimientos administrativos, inherentes a la función de administrar las leyes tributarias que son de su competencia.

Indica la reciente resolución comentada 201-7652 que el objetivo de la norma es potenciar el aprovechamiento de las bases de datos existentes y aumentar la recaudación, para lo cual se requiere desarrollar enfoques estratégicos de gestión, recolección y análisis de información interna y externa a la Dirección General de Ingresos.

De estas tareas, desafíos y objetivos, se crea la Unidad de análisis de datos, cuyo objetivo es fortalecer la capacidad de análisis del personal de la Dirección General de Ingresos, utilizando técnicas de análisis de datos y estadísticas, logrando su utilización efectiva con técnicas de simulación, algoritmos y herramientas computacionales, que comprenden procesos desde la extracción, tratamiento, visualización, el análisis de datos para la toma de decisiones estratégicas, con el fin de aumentar la recaudación y el cumplimiento tributario.

Esta Unidad de análisis de datos, será integrada por un equipo multidisciplinario en las áreas de ingeniería en sistemas, informática y/o ciencias computacionales, ingeniería industrial y analistas tributarios.

El artículo 6 del Decreto de Gabinete No 109 de 7 de mayo de 1970, establece que el Director General de Ingresos tiene como función específica la de impartir por medio de Resoluciones, normas generales obligatorias para regular las relaciones formales de los contribuyentes con el Fisco.

Un importante elemento para la implementación y puesta en marcha de esta valiosa e interesante unidad dentro de la Dirección General de Ingresos, lo serán los recursos económicos destinados dentro del presupuesto anual, de forma tal que las herramientas tecnológicas y personal técnico puedan integrarse a tales funciones, tomando en consideración siempre que lo más valioso en la institución es su gente.

El autor es abogado especializado en materia tributaria.

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